POLÍTICA DE PRIVACIDAD
I. PROTECCIÓN DE DATOS
Respetando lo establecido en la legislación vigente, Khaya S.A (en adelante, también Sitio Web) se compromete a adoptar las medidas técnicas y organizativas necesarias, según el nivel de seguridad adecuado al riesgo de los datos recogidos.
Leyes que incorpora esta política de privacidad
Esta política de privacidad está adaptada a la normativa española y europea vigente en materia de protección de datos personales en internet. En concreto, la misma respeta las siguientes normas:
- El Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (RGPD).
- La Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPD-GDD).
- El Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (RDLOPD).
- La Ley 34/2002, de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico (LSSI-CE).
Identidad del responsable del tratamiento de los datos personales
El responsable del tratamiento de los datos personales recogidos en Khaya S.A es: Khaya, con NIF: (en adelante, Responsable del tratamiento). Sus datos de contacto son los siguientes:
Dirección: Zurcher Odio y Raven, Plaza Roble, Escazú. Edificio los balconies piso 3
Teléfono de contacto: +506 4001 4670
Email de contacto: info@khayalatam.com
Registro de Datos de Carácter Personal
En cumplimiento de lo establecido en el RGPD y la LOPD-GDD, le informamos que los datos personales recabados por Khaya S.A, mediante los formularios extendidos en sus páginas quedarán incorporados y serán tratados en nuestro fichero con el fin de poder facilitar, agilizar y cumplir los compromisos establecidos entre Khaya S.A y el Usuario o el mantenimiento de la relación que se establezca en los formularios que este rellene, o para atender una solicitud o consulta del mismo. Asimismo, de conformidad con lo previsto en el RGPD y la LOPD-GDD, salvo que sea de aplicación la excepción prevista en el artículo 30.5 del RGPD, se mantiene un registro de actividades de tratamiento que especifica, según sus finalidades, las actividades de tratamiento llevadas a cabo y las demás circunstancias establecidas en el RGPD.
Principios aplicables al tratamiento de los datos personales
El tratamiento de los datos personales del Usuario se someterá a los siguientes principios recogidos en el artículo 5 del RGPD y en el artículo 4 y siguientes de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales:
- Principio de licitud, lealtad y transparencia: se requerirá en todo momento el consentimiento del Usuario previa información completamente transparente de los fines para los cuales se recogen los datos personales.
- Principio de limitación de la finalidad: los datos personales serán recogidos con fines determinados, explícitos y legítimos.
- Principio de minimización de datos: los datos personales recogidos serán únicamente los estrictamente necesarios en relación con los fines para los que son tratados.
- Principio de exactitud: los datos personales deben ser exactos y estar siempre actualizados.
- Principio de limitación del plazo de conservación: los datos personales solo serán mantenidos de forma que se permita la identificación del Usuario durante el tiempo necesario para los fines de su tratamiento.
- Principio de integridad y confidencialidad: los datos personales serán tratados de manera que se garantice su seguridad y confidencialidad.
- Principio de responsabilidad proactiva: el Responsable del tratamiento será responsable de asegurar que los principios anteriores se cumplen.
Categorías de datos personales
Las categorías de datos que se tratan en Khaya S.A son únicamente datos identificativos. En ningún caso, se tratan categorías especiales de datos personales en el sentido del artículo 9 del RGPD.
Base legal para el tratamiento de los datos personales
La base legal para el tratamiento de los datos personales es el consentimiento. Khaya S.A se compromete a recabar el consentimiento expreso y verificable del Usuario para el tratamiento de sus datos personales para uno o varios fines específicos.
El Usuario tendrá derecho a retirar su consentimiento en cualquier momento. Será tan fácil retirar el consentimiento como darlo. Como regla general, la retirada del consentimiento no condicionará el uso del Sitio Web.
En las ocasiones en las que el Usuario deba o pueda facilitar sus datos a través de formularios para realizar consultas, solicitar información o por motivos relacionados con el contenido del Sitio Web, se le informará en caso de que la cumplimentación de alguno de ellos sea obligatoria debido a que los mismos sean imprescindibles para el correcto desarrollo de la operación realizada.
Fines del tratamiento a que se destinan los datos personales
Los datos personales son recabados y gestionados por Khaya S.A con la finalidad de poder facilitar, agilizar y cumplir los compromisos establecidos entre el Sitio Web y el Usuario o el mantenimiento de la relación que se establezca en los formularios que este último rellene o para atender una solicitud o consulta.
Igualmente, los datos podrán ser utilizados con una finalidad comercial de personalización, operativa y estadística, y actividades propias del objeto social de Khaya S.A, así como para la extracción, almacenamiento de datos y estudios de marketing para adecuar el Contenido ofertado al Usuario, así como mejorar la calidad, funcionamiento y navegación por el Sitio Web.
En el momento en que se obtengan los datos personales, se informará al Usuario acerca del fin o fines específicos del tratamiento a que se destinarán los datos personales; es decir, del uso o usos que se dará a la información recopilada.
Períodos de retención de los datos personales
Los datos personales solo serán retenidos durante el tiempo mínimo necesario para los fines de su tratamiento y, en todo caso, únicamente durante el siguiente plazo: 48 meses, o hasta que el Usuario solicite su supresión.
En el momento en que se obtengan los datos personales, se informará al Usuario acerca del plazo durante el cual se conservarán los datos personales o, cuando eso no sea posible, los criterios utilizados para determinar este plazo.
Destinatarios de los datos personales
Los datos personales del Usuario serán compartidos con los siguientes destinatarios o categorías de destinatarios:
Zurcher Odio y Raven, Plaza Roble, Escazú. Edificio los balconies piso 3
En caso de que el Responsable del tratamiento tenga la intención de transferir datos personales a un tercer país u organización internacional, en el momento en que se obtengan los datos personales, se informará al Usuario acerca del tercer país u organización internacional al cual se tiene la intención de transferir los datos, así como de la existencia o ausencia de una decisión de adecuación de la Comisión.
Datos personales de menores de edad
Respetando lo establecido en los artículos 8 del RGPD y 7 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, solo los mayores de 14 años podrán otorgar su consentimiento para el tratamiento de sus datos personales de forma lícita por Khaya S.A. Si se trata de un menor de 14 años, será necesario el consentimiento de los padres o tutores para el tratamiento, y este solo se considerará lícito en la medida en la que los mismos lo hayan autorizado.
Secreto y seguridad de los datos personales
Khaya S.A se compromete a adoptar las medidas técnicas y organizativas necesarias, según el nivel de seguridad adecuado al riesgo de los datos recogidos, de forma que se garantice la seguridad de los datos de carácter personal y se evite la destrucción, pérdida o alteración accidental o ilícita de datos personales transmitidos, conservados o tratados de otra forma, o la comunicación o acceso no autorizados a dichos datos.
Sin embargo, debido a que Khaya S.A no puede garantizar la inexpugnabilidad de internet ni la ausencia total de hackers u otros que accedan de modo fraudulento a los datos personales, el Responsable del tratamiento se compromete a comunicar al Usuario sin dilación indebida cuando ocurra una violación de la seguridad de los datos personales que sea probable que entrañe un alto riesgo para los derechos y libertades de las personas físicas. Siguiendo lo establecido en el artículo 4 del RGPD, se entiende por violación de la seguridad de los datos personales toda violación de la seguridad que ocasione la destrucción, pérdida o alteración accidental o ilícita de datos personales transmitidos, conservados o tratados de otra forma, o la comunicación o acceso no autorizados a dichos datos.
Los datos personales serán tratados como confidenciales por el Responsable del tratamiento, quien se compromete a informar de y a garantizar por medio de una obligación legal o contractual que dicha confidencialidad sea respetada por sus empleados, asociados, y toda persona a la cual le haga accesible la información.
Derechos derivados del tratamiento de los datos personales
El Usuario tiene sobre Khaya S.A y podrá, por tanto, ejercer frente al Responsable del tratamiento los siguientes derechos reconocidos en el RGPD y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales:
- Derecho de acceso: Es el derecho del Usuario a obtener confirmación de si Khaya S.A está tratando o no sus datos personales y, en caso afirmativo, obtener información sobre sus datos concretos de carácter personal y del tratamiento que Khaya S.A haya realizado o realice, así como, entre otra, de la información disponible sobre el origen de dichos datos y los destinatarios de las comunicaciones realizadas o previstas de los mismos.
- Derecho de rectificación: Es el derecho del Usuario a que se modifiquen sus datos personales que resulten ser inexactos o, teniendo en cuenta los fines del tratamiento, incompletos.
- Derecho de supresión ("el derecho al olvido"): Es el derecho del Usuario, siempre que la legislación vigente no establezca lo contrario, a obtener la supresión de sus datos personales cuando estos ya no sean necesarios para los fines para los cuales fueron recogidos o tratados; el Usuario haya retirado su consentimiento al tratamiento y este no cuente con otra base legal; el Usuario se oponga al tratamiento y no exista otro motivo legítimo para continuar con el mismo; los datos personales hayan sido tratados ilícitamente; los datos personales deban suprimirse en cumplimiento de una obligación legal; o los datos personales hayan sido obtenidos producto de una oferta directa de servicios de la sociedad de la información a un menor de 14 años. Además de suprimir los datos, el Responsable del tratamiento, teniendo en cuenta la tecnología disponible y el coste de su aplicación, deberá adoptar medidas razonables para informar a los responsables que estén tratando los datos personales de la solicitud del interesado de supresión de cualquier enlace a esos datos personales.
- Derecho a la limitación del tratamiento: Es el derecho del Usuario a limitar el tratamiento de sus datos personales. El Usuario tiene derecho a obtener la limitación del tratamiento cuando impugne la exactitud de sus datos personales; el tratamiento sea ilícito; el Responsable del tratamiento ya no necesite los datos personales, pero el Usuario lo necesite para hacer reclamaciones; y cuando el Usuario se haya opuesto al tratamiento.
- Derecho a la portabilidad de los datos: En caso de que el tratamiento se efectúe por medios automatizados, el Usuario tendrá derecho a recibir del Responsable del tratamiento sus datos personales en un formato estructurado, de uso común y lectura mecánica, y a transmitirlos a otro responsable del tratamiento. Siempre que sea técnicamente posible, el Responsable del tratamiento transmitirá directamente los datos a ese otro responsable.
- Derecho de oposición: Es el derecho del Usuario a que no se lleve a cabo el tratamiento de sus datos de carácter personal o se cese el tratamiento de los mismos por parte de Khaya S.A.
- Derecho a no ser objeto de una decisión basada únicamente en el tratamiento automatizado, incluida la elaboración de perfiles: Es el derecho del Usuario a no ser objeto de una decisión individualizada basada únicamente en el tratamiento automatizado de sus datos personales, incluida la elaboración de perfiles, existente salvo que la legislación vigente establezca lo contrario.
Así pues, el Usuario podrá ejercitar sus derechos mediante comunicación escrita dirigida al Responsable del tratamiento con la referencia "RGPD-https://khaya.cr", especificando:
- Nombre, apellidos del Usuario y copia del DNI. En los casos en que se admita la representación, será también necesaria la identificación por el mismo medio de la persona que representa al Usuario, así como el documento acreditativo de la representación. La fotocopia del DNI podrá ser sustituida, por cualquier otro medio válido en derecho que acredite la identidad.
- Petición con los motivos específicos de la solicitud o información a la que se quiere acceder.
- Domicilio a efecto de notificaciones.
- Fecha y firma del solicitante.
- Todo documento que acredite la petición que formula.
Esta solicitud y todo otro documento adjunto podrá enviarse a la siguiente dirección y/o correo electrónico:
Dirección postal: Zurcher Odio y Raven, Plaza Roble, Escazú. Edificio los balconies piso 3
Correo electrónico: info@khayalatam.com
Enlaces a sitios web de terceros
El Sitio Web puede incluir hipervínculos o enlaces que permiten acceder a páginas web de terceros distintos de Khaya S.A, y que por tanto no son operados por Khaya S.A. Los titulares de dichos sitios web dispondrán de sus propias políticas de protección de datos, siendo ellos mismos, en cada caso, responsables de sus propios ficheros y de sus propias prácticas de privacidad.
Reclamaciones ante la autoridad de control
En caso de que el Usuario considere que existe un problema o infracción de la normativa vigente en la forma en la que se están tratando sus datos personales, tendrá derecho a la tutela judicial efectiva y a presentar una reclamación ante una autoridad de control, en particular, en el Estado en el que tenga su residencia habitual, lugar de trabajo o lugar de la supuesta infracción. En el caso de España, la autoridad de control es la Agencia Española de Protección de Datos (https://www.aepd.es/).
II. ACEPTACIÓN Y CAMBIOS EN ESTA POLÍTICA DE PRIVACIDAD
Es necesario que el Usuario haya leído y esté conforme con las condiciones sobre la protección de datos de carácter personal contenidas en esta Política de Privacidad, así como que acepte el tratamiento de sus datos personales para que el Responsable del tratamiento pueda proceder al mismo en la forma, durante los plazos y para las finalidades indicadas. El uso del Sitio Web implicará la aceptación de la Política de Privacidad del mismo.
Khaya S.A se reserva el derecho a modificar su Política de Privacidad, de acuerdo a su propio criterio, o motivado por un cambio legislativo, jurisprudencial o doctrinal de la Agencia Española de Protección de Datos. Los cambios o actualizaciones de esta Política de Privacidad no serán notificados de forma explícita al Usuario. Se recomienda al Usuario consultar esta página de forma periódica para estar al tanto de los últimos cambios o actualizaciones.
Esta Política de Privacidad fue actualizada para adaptarse al Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (RGPD) y a la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
Este documento de Política de Privacidad de un sitio web ha sido creado el día 28/03/2025.
Campaña de referidos
TÉRMINOS Y CONDICIONES
Campaña de referidos "Elegí a tu vecino" — KHAYA Ruta Uno
Versión 4.0 — Vigente a partir del 5 de agosto de 2026
1. Organizador y ámbito de aplicación
1.1. La campaña "Elegí a tu vecino" (en adelante, "la Campaña") es organizada y administrada por Khaya, con domicilio en Escazú, San Rafael, Plaza Roble, Edificio Balcones, tercer piso, desarrollador del proyecto residencial KHAYA Ruta Uno, ubicado en Barreal de Heredia, Costa Rica (en adelante, "KHAYA" o "el Organizador").
1.2. Estos Términos y Condiciones regulan de forma íntegra la participación en la Campaña, la calificación de referidos, la acumulación de referidos y la asignación, canje y entrega de premios. Constituyen el único documento vinculante en la materia y prevalecen sobre cualquier pieza publicitaria, resumen, infografía, correo electrónico, mensaje de WhatsApp, publicación en redes sociales o comunicación verbal de cualquier colaborador o tercero.
1.3. Ninguna comunicación comercial de la Campaña debe interpretarse como una promesa de beneficio distinta o adicional a lo establecido en este documento. Las piezas gráficas y descripciones de premios son de carácter ilustrativo y referencial.
1.4. La Campaña se ejecuta y aplica únicamente en el territorio de la República de Costa Rica.
2. Vigencia, plazos y agotamiento de existencias
2.1. Periodo de participación. La Campaña rige del 5 de agosto de 2026 a las 00:00 horas hasta el 29 de octubre de 2026 a las 23:59 horas, hora de Costa Rica, o hasta agotar las existencias de premios disponibles, lo que ocurra primero.
2.2. Fecha límite de registro de referidos. 29 de octubre de 2026, 23:59 horas, o la fecha anterior en que el Organizador comunique el agotamiento de existencias o la terminación anticipada de la Campaña conforme a la cláusula 18. Los registros recibidos fuera de este plazo no serán considerados para ningún efecto.
2.3. Fecha límite para que la Visita Calificada se realice. [15 de noviembre de 2026]. Un referido registrado dentro del plazo, pero cuya visita a la sala de ventas ocurra después de esta fecha, no acumulará para la escala de premios.
2.4. Agotamiento de existencias. El Organizador dispone de un inventario limitado de premios por nivel. Una vez agotadas las existencias de uno o varios niveles, el Organizador podrá, a su exclusiva discreción y sin que ello genere reclamo alguno:
a) sustituir el premio agotado por otro de igual o mayor valor comercial, conforme a la cláusula 8.9.d); o b) cerrar el nivel afectado; o c) dar por terminada la Campaña de forma anticipada conforme a la cláusula 18.
La circunstancia del agotamiento y la fecha efectiva de cierre se comunicarán mediante la publicación correspondiente en la landing page oficial de la Campaña.
2.5. Orden de asignación ante existencias limitadas. Cuando las existencias de un nivel resulten insuficientes para atender a todas las Unidades Habitacionales con derecho a él, la asignación se realizará en estricto orden cronológico según la fecha en que cada unidad haya solicitado el canje de ese premio, de acuerdo con el Registro Oficial. Las unidades no atendidas por agotamiento recibirán un premio sustituto de igual o mayor valor comercial.
2.6. Plazo de entrega de premios. Hasta [30] días hábiles posteriores a cada canje aprobado conforme a la cláusula 8.7, o a la asignación practicada en el Corte Final, y en todo caso a más tardar el [31 de enero de 2027].
2.7. El Organizador podrá prorrogar, adelantar, modificar o dar por terminados cualquiera de estos plazos conforme a la cláusula 18.
3. Definiciones
Para efectos de estos Términos y Condiciones se entenderá por:
| Término | Definición |
|---|---|
| Participante o Referidor | Persona física que cumple los requisitos de elegibilidad de la cláusula 4 y que registra referidos por los Canales Oficiales de la Campaña. |
| Referido | Persona física, mayor de edad, cuyos datos de contacto son registrados por un Participante a través de los Canales Oficiales, con su consentimiento previo. |
| Referido Calificado | Referido que cumple la totalidad de los requisitos establecidos en la cláusula 6. Únicamente los Referidos Calificados acumulan para la escala de premios. |
| Unidad Habitacional | Apartamento identificado por su número dentro del proyecto KHAYA Ruta Uno. Es la unidad de cuenta de la Campaña: los referidos se acumulan y los premios se asignan y entregan por Unidad Habitacional, no por persona. |
| Visita Calificada | Visita presencial del Referido a la sala de ventas de KHAYA Ruta Uno, atendida por un asesor comercial autorizado y registrada formalmente en el CRM del Organizador. |
| Reserva Efectiva | Firma por parte del Referido de la boleta o contrato de reserva de una unidad en KHAYA Ruta Uno y pago comprobado del depósito de reserva vigente (USD $1.000). |
| Reserva en Firme | Reserva Efectiva que ha transcurrido 30 días naturales sin desistimiento, anulación, devolución del depósito ni incumplimiento de pago por parte del Referido. Únicamente la Reserva en Firme genera derecho al incentivo adicional de la cláusula 9. |
| Saldo Acumulado | Número total de Referidos Calificados contabilizados a favor de una Unidad Habitacional desde el inicio de la Campaña, según el Registro Oficial. |
| Saldo Disponible | Saldo Acumulado menos los Referidos Calificados ya consumidos por premios canjeados. Es la base sobre la cual se aplica la asignación descendente de la cláusula 8.3 en cada corte. |
| Fecha de Corte Mensual | Fecha que el Organizador determine, una vez al mes durante la vigencia de la Campaña, para practicar la asignación descendente y comunicar el resultado a los Participantes conforme a la cláusula 8.7. |
| Corte Final | Último corte de la Campaña, practicado después de la fecha de la cláusula 2.3 o, en su caso, de la fecha efectiva de terminación anticipada. En él la asignación es automática y definitiva, sin opción de acumular. |
| Canje | Acto por el cual el Participante acepta recibir un premio al que su Saldo Disponible le da derecho en un corte determinado, consumiendo de forma definitiva los Referidos Calificados que ese nivel exige. |
| Existencias | Inventario de premios efectivamente disponible del Organizador para la Campaña, por nivel. |
| Registro Oficial | Sistema de administración de relaciones con clientes (CRM) y bitácoras del Organizador. Es la única fuente válida para determinar fechas, origen del lead, calificación, saldos, canjes y asignación de premios. |
| Canales Oficiales | Landing page de la Campaña, formulario oficial de registro y el número de WhatsApp corporativo 4001 4615. No se aceptan registros por redes sociales personales, mensajes a asesores por canales privados no corporativos, ni cualquier otro medio. |
4. Elegibilidad: quiénes pueden participar
4.1. Requisitos del Participante. Podrán participar únicamente las personas físicas que, de forma concurrente:
a) Sean titulares o cotitulares de una Unidad Habitacional adquirida o reservada en el proyecto KHAYA Ruta Uno, con contrato vigente al momento del registro del referido y al momento de la entrega del premio. b) Se encuentren al día en todas sus obligaciones económicas con el Organizador (cuotas, primas, pagos programados, cuotas de mantenimiento cuando aplique). c) Sean mayores de edad y cuenten con documento de identidad vigente. d) No se encuentren en proceso de desistimiento, resolución contractual, cobro judicial o extrajudicial, ni en disputa legal con el Organizador.
4.2. La Unidad Habitacional como base de acumulación y de premio. Los referidos, los niveles y los premios se acumulan, asignan y entregan por Unidad Habitacional (número de apartamento), no por persona. Cuando una unidad tenga más de un titular, los referidos registrados por cualquiera de ellos se suman a una única cuenta, y los premios se entregan una sola vez por unidad, a quien los cotitulares designen por escrito. El Organizador no interviene en distribuciones internas entre cotitulares.
4.3. Decisión de canje en unidades con varios titulares. La decisión de canjear o acumular prevista en la cláusula 8.7 se ejerce una sola vez por Unidad Habitacional. Los cotitulares deberán designar por escrito a la persona facultada para comunicarla; a falta de designación, el Organizador podrá exigir la manifestación conjunta de todos los cotitulares y no será responsable por la pérdida de plazos derivada de desacuerdos entre ellos.
4.4. Titularidad de varias unidades. Si un mismo Participante es titular o cotitular de más de una Unidad Habitacional, deberá indicar en cada registro la unidad a la que se acredita el referido. Los referidos no se trasladan entre unidades, no se suman entre sí, y cada unidad se evalúa de forma independiente.
4.5. Exclusiones. No podrán participar como Referidores ni ser registrados como Referidos:
a) Colaboradores, asesores comerciales, gerencia y personal administrativo del Organizador y de sus empresas relacionadas, así como sus parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad. b) El propio Participante, entendiéndose prohibido el auto-referido: no se aceptará el registro de una persona cuando la compra vaya a ser realizada por el propio Participante, o cuando este vaya a figurar como comprador, codeudor, fiador o copropietario de la unidad adquirida por el Referido. c) Personas menores de edad. d) Personas que ya consten en el Registro Oficial como prospecto, lead activo, cliente o visitante del proyecto conforme a la cláusula 7.
5. Mecánica de participación
5.1. El Participante identifica a una persona de su círculo cercano con interés real en adquirir vivienda o invertir.
5.2. Antes de registrarla, el Participante debe obtener el consentimiento expreso, informado y previo de esa persona para compartir sus datos personales con el Organizador y para ser contactada por el equipo comercial.
5.3. El Participante completa el formulario oficial en la landing page de la Campaña con los siguientes datos: nombre del Participante, número de apartamento, número de telefóno, y nombre completo, número de teléfono y correo electrónico del Referido.
5.4. El equipo comercial contacta al Referido dentro de las 48 horas hábiles siguientes al registro, confirma su consentimiento y aplica el filtro de calificación descrito en la cláusula 6.
5.5. El equipo comercial agenda y da seguimiento a la visita del Referido a la sala de ventas.
5.6. Una vez realizada y registrada la Visita Calificada, el referido se contabiliza como Referido Calificado en la cuenta de la Unidad Habitacional del Participante.
5.7. Una vez al mes, en la Fecha de Corte Mensual, el Organizador informa al Participante su Saldo Disponible y el premio o premios a los que este da derecho, y le consulta si desea canjearlos o acumular, conforme a la cláusula 8.7. El saldo válido es siempre el que conste en el Registro Oficial.
5.8. La participación en la Campaña es gratuita y no requiere pago, compra adicional ni desembolso de ningún tipo por parte del Participante ni del Referido.
6. ¿Qué es un Referido Calificado?
Solo los Referidos Calificados suman para la escala de premios. Un referido adquiere esa condición cuando cumple todos y cada uno de los siguientes requisitos, verificados y documentados por el Organizador:
6.1. Requisito 1 — Registro válido. Sus datos fueron registrados por un Participante elegible, por un Canal Oficial, dentro del periodo de vigencia, y son datos reales, completos, vigentes y verificables.
6.2. Requisito 2 — Consentimiento confirmado. El Referido confirma directamente al equipo comercial por WhatsApp, correo electrónico o de forma presencial su consentimiento para ser contactado y para el tratamiento de sus datos personales, conforme a la cláusula 14.
6.3. Requisito 3 — Visita a la sala de ventas (requisito indispensable). El Referido debe visitar presencialmente la sala de ventas de KHAYA Ruta Uno, ser atendido por un asesor comercial autorizado y quedar registrado en la bitácora de visitas del Organizador. La visita debe realizarse dentro del plazo indicado en la cláusula 2.3.
No sustituyen la visita presencial: llamadas telefónicas, videollamadas, recorridos virtuales, formularios completados en línea, mensajes de WhatsApp, ni la asistencia a ferias, activaciones o eventos fuera del proyecto, salvo autorización escrita y expresa del Organizador.
Una misma persona genera una única Visita Calificada, independientemente del número de veces que asista al proyecto.
6.4. Requisito 4 — Referido nuevo. El Referido no debe constar previamente en el Registro Oficial conforme a las reglas de la cláusula 7.
7. Reglas de acumulación, duplicados y atribución de origen
7.1. Regla de primer registro. Si una misma persona es registrada por dos o más Participantes, se reconocerá únicamente al Participante cuyo registro conste con fecha y hora anterior en el Registro Oficial. No se fraccionan ni duplican premios.
7.2. Prospectos preexistentes. No calificará el referido que, al momento de su registro, ya conste en el Registro Oficial como prospecto, lead, visitante o cliente del proyecto, con actividad registrada dentro de los [365] días naturales anteriores.
7.3. Origen del lead. Cuando un referido haya ingresado previamente por otro canal (pauta digital, formulario web, feria, walk-in, corretaje), prevalecerá el origen registrado en primer lugar en el Registro Oficial.
7.4. Un referido, una acumulación. Cada persona referida suma una sola vez en la escala, con independencia del número de unidades por las que consulte o del número de visitas que realice.
7.5. Núcleo familiar. Cuando dos o más personas del mismo núcleo familiar o de la misma unidad de compra (cónyuges, convivientes, codeudores, copropietarios de la unidad a adquirir) sean registradas por separado, se contabilizará un único Referido Calificado.
7.6. Momento de acumulación. El referido suma en el momento en que se completa y registra la Visita Calificada, no en el momento del registro de sus datos.
8. Escala de premios
8.1. Regla fundamental: los niveles no son acumulativos entre sí y ningún premio se repite
La escala no es acumulativa por tramos: completar un nivel no otorga los premios de los niveles inferiores. Alcanzar 10 Referidos Calificados da derecho al premio del Nivel 5 y no a los premios de los Niveles 1 a 4.
Cada nivel consume la cantidad de Referidos Calificados que exige. El saldo que quede después de asignar un nivel puede aplicarse a otros niveles que la Unidad Habitacional todavía no haya obtenido, conforme a la mecánica de la cláusula 8.3. Por esa vía, una unidad sí puede obtener más de un premio distinto si acumula referidos suficientes para cubrir varios niveles de forma independiente.
Ningún premio se entrega más de una vez a una misma Unidad Habitacional, cualquiera que sea el número de Referidos Calificados acumulados.
8.2. Tabla de la escala
| Nivel | Referidos Calificados que consume | Premio |
|---|---|---|
| 1 | 2 | Tabla de bambú con utensilios para queso (4 piezas) |
| 2 | 4 | Juego de cubertería de acero inoxidable (24 piezas) |
| 3 | 6 | Vajilla redonda (12 piezas) |
| 4 | 8 | Juego de ollas y sartenes de acero inoxidable (11 piezas) |
| 5 | 10 | Electrodoméstico de cocina multifuncional |
8.3. Mecánica de asignación descendente
En cada corte, el Organizador toma el Saldo Disponible de cada Unidad Habitacional y aplica el siguiente procedimiento, en este orden y de forma obligatoria:
a) Se identifica el nivel más alto todavía no canjeado por esa unidad cuyo requisito de Referidos Calificados sea igual o menor al Saldo Disponible, y se determina su premio. b) Del Saldo Disponible se descuenta, para efectos del cálculo, la cantidad de Referidos Calificados que consume ese nivel. c) Se repite el procedimiento con el saldo remanente, hasta que ningún nivel pendiente pueda ser cubierto. d) El saldo remanente que no alcance a cubrir ningún nivel pendiente permanece en la cuenta de la unidad y sigue acumulando para cortes posteriores. Al Corte Final, el saldo que no alcance a cubrir ningún nivel pendiente se pierde: no genera premio, fracción de premio, sustitución, canje ni compensación de ninguna naturaleza, y no se traslada a otra Unidad Habitacional, campaña, periodo ni tercero.
El orden descendente de asignación es obligatorio y no puede ser modificado, invertido ni fraccionado a solicitud del Participante.
8.4. Ejemplos aclaratorios
Los siguientes ejemplos ilustran el resultado de la asignación descendente en un corte, para una unidad que no ha canjeado ningún premio previamente:
| Saldo Disponible | Premios a los que da derecho | Saldo que queda |
|---|---|---|
| 1 | Ninguno | 1 |
| 2 | Tabla de bambú | 0 |
| 7 | Vajilla redonda (consume 6) | 1 |
| 10 | Electrodoméstico (consume 10). No da derecho además a tabla, cubertería, vajilla ni ollas | 0 |
| 12 | Electrodoméstico (10) + tabla de bambú (2) | 0 |
| 14 | Electrodoméstico (10) + cubertería (4) | 0 |
| 20 | Electrodoméstico (10) + ollas (8) + tabla de bambú (2) | 0 |
| 30 | Los cinco premios (10 + 8 + 6 + 4 + 2) | 0 |
| 35 | Los cinco premios. Los 5 referidos restantes no generan nada, porque todos los niveles ya fueron canjeados | 5 |
Un apartamento con dos o más titulares que en conjunto acumulen 12 Referidos Calificados obtiene un electrodoméstico y una tabla de bambú para el apartamento, no un juego de premios para cada titular.
8.5. Prohibición de premios repetidos
Una misma Unidad Habitacional no puede obtener dos veces el mismo premio. A modo de ejemplo, una unidad no puede recibir dos electrodomésticos de cocina, ni dos vajillas, ni dos juegos de ollas, con independencia de cuántos Referidos Calificados acumule.
8.6. Tope máximo y conclusión de la participación en la escala
El máximo por Unidad Habitacional es de cinco (5) premios, uno por cada nivel de la escala, lo que requiere treinta (30) Referidos Calificados. Una vez canjeados los cinco niveles, concluye la participación de esa unidad en la escala de premios y los Referidos Calificados adicionales no generan premio, beneficio, fracción ni compensación alguna.
Lo anterior no afecta el incentivo por Reserva en Firme de la cláusula 9, que es independiente de la escala, se rige por sus propias reglas y tiene su propio tope de dos (2) mamparas por Unidad Habitacional.
8.7. Cortes mensuales, comunicación y elección entre canjear o acumular
8.7.1. Periodicidad. Una (1) vez al mes durante la vigencia de la Campaña, en la fecha que el Organizador determine a su exclusiva discreción (la "Fecha de Corte Mensual"), el Organizador aplicará la asignación descendente de la cláusula 8.3 sobre el Saldo Disponible de cada Unidad Habitacional. El Organizador podrá modificar la fecha de un corte, adelantarla o posponerla, sin que ello genere reclamo alguno.
8.7.2. Comunicación al Participante. Dentro de los [5] días hábiles siguientes a cada Fecha de Corte Mensual, el Organizador comunicará al Participante, por el WhatsApp corporativo o el correo electrónico registrado, al menos lo siguiente:
a) su Saldo Disponible a la fecha del corte; b) el premio o los premios a los que ese saldo le da derecho, si los hubiera; y c) la consulta expresa sobre si desea canjearlos o acumular.
8.7.3. Opciones del Participante. Respecto de cada premio comunicado, el Participante podrá optar por:
a) Canjear. Recibir el premio. El canje descuenta de forma definitiva del Saldo Disponible los Referidos Calificados que ese nivel consume, y cierra ese nivel para la unidad conforme a la cláusula 8.5. b) Acumular. No recibir el premio en ese corte y conservar íntegro el saldo correspondiente, con el fin de aspirar en cortes posteriores a un nivel superior aún no obtenido.
El Participante puede canjear uno o varios de los premios comunicados y acumular el resto dentro de un mismo corte.
8.7.4. Plazo para responder y efecto del silencio. La elección debe comunicarse por escrito, por un Canal Oficial, dentro de los [5] días hábiles siguientes a la comunicación del Organizador. A falta de respuesta dentro de ese plazo se entenderá que el Participante opta por acumular, sin que ello genere reclamo, penalización ni pérdida de saldo. El saldo no canjeado se arrastra automáticamente al corte siguiente.
8.7.5. Carácter definitivo del canje. El canje es irrevocable. Una vez canjeado un premio, los Referidos Calificados consumidos no se reintegran, el nivel correspondiente no puede volver a obtenerse conforme a la cláusula 8.5, y no procede cambio, devolución, conversión ni reversión de la decisión.
8.7.6. Riesgo de la decisión de acumular. La decisión de acumular es de exclusiva cuenta y riesgo del Participante. Acumular no reserva ni bloquea existencias a su favor, no garantiza que llegue a alcanzarse el nivel superior, y no otorga derecho alguno ni protección frente al agotamiento de existencias (cláusula 2.4), la sustitución de premios (cláusula 8.9.d), la modificación de la escala o la terminación anticipada de la Campaña (cláusula 18). Si al Corte Final el Saldo Disponible no alcanza a cubrir el nivel superior al que el Participante aspiraba, este recibirá únicamente lo que arroje la asignación descendente sobre ese saldo, sin derecho a compensación por el premio que optó por no canjear en su momento.
8.7.7. Corte Final. El Organizador practicará un corte final después de la fecha indicada en la cláusula 2.3 o, en su caso, después de la fecha efectiva de terminación anticipada de la Campaña. En el Corte Final se aplica la asignación descendente sobre el Saldo Disponible y los premios resultantes se asignan de forma automática y definitiva, sin opción de acumular. El saldo remanente que no cubra ningún nivel pendiente se pierde conforme a la cláusula 8.3.d).
8.7.8. Carácter informativo de los reportes. Las comunicaciones de avance, incluidas las de cada corte, son informativas y no consolidan derecho alguno. En caso de discrepancia, prevalece lo que conste en el Registro Oficial.
8.8. Efecto de la terminación anticipada
Si la Campaña termina de forma anticipada conforme a la cláusula 18 o por agotamiento de existencias conforme a la cláusula 2.4, el Organizador practicará el Corte Final sobre el Saldo Disponible de cada Unidad Habitacional a la fecha efectiva de terminación comunicada. Los referidos registrados cuya Visita Calificada no se haya realizado a esa fecha no acumularán. Los premios ya canjeados con anterioridad se respetan y se entregan conforme a la cláusula 10.
8.9. Reglas complementarias
a) Los premios no son saltables ni sustituibles a solicitud del Participante: no se asigna un nivel cuyo requisito no esté íntegramente cubierto por el Saldo Disponible, ni se cambia un nivel por otro. b) Cada nivel se canjea y entrega una única vez por Unidad Habitacional. c) No existe conversión, redondeo ni acreditación parcial de referidos sobrantes. d) Las marcas, modelos, materiales, colores y presentaciones de los premios son referenciales. El Organizador se reserva el derecho de sustituir cualquier premio por otro de igual o mayor valor comercial por razones de desabastecimiento, descontinuación, agotamiento de existencias, variación de precio o logística, sin que ello genere reclamo alguno. e) Los premios no son canjeables por dinero en efectivo, ni por descuentos, abonos al precio de la unidad, servicios, ni por ningún otro bien distinto al ofrecido. No son transferibles a terceros ajenos a la Unidad Habitacional. f) Los premios se otorgan en el estado y con la garantía de fábrica que ofrezca el fabricante o distribuidor. El Organizador no es fabricante ni distribuidor de los premios y no asume responsabilidad por defectos, garantías, servicio técnico ni idoneidad de los bienes, correspondiendo cualquier reclamo directamente al fabricante o comercio emisor.
9. Incentivo adicional por Reserva en Firme
9.1. Independiente de la escala. Este incentivo se otorga de forma adicional y separada. No consume Referidos Calificados de la escala, no se ve afectado por las decisiones de canje o acumulación de la cláusula 8.7, y no está sujeto al tope de la cláusula 8.6.
| Reservas en Firme provenientes de Referidos | Incentivo total acumulado |
|---|---|
| 1 | Una (1) mampara de vidrio para ducha |
| 2 o más | Dos (2) mamparas de vidrio para ducha en total |
9.2. Tope máximo: dos (2) mamparas por Unidad Habitacional, sin excepción, con independencia del número de reservas generadas.
9.3. Condiciones de procedencia:
a) El incentivo procede únicamente cuando la reserva alcanza la condición de Reserva en Firme conforme a la definición de la cláusula 3 (30 días naturales sin desistimiento). b) Si el Referido desiste, anula, solicita devolución del depósito o incumple sus obligaciones de pago antes de que la reserva sea en firme, el incentivo no se genera. c) La mampara se instala exclusivamente en la Unidad Habitacional del Participante dentro de KHAYA Ruta Uno. No se instala en otros inmuebles ni se entrega el material suelto. d) Corresponde al modelo, medidas, tipo de vidrio y acabado estándar definidos por el Organizador para el proyecto. Cualquier variación, mejora o personalización solicitada por el Participante correrá por su cuenta y bajo su responsabilidad. e) La instalación la realiza el proveedor autorizado por el Organizador, en la fecha que este coordine, sujeta a viabilidad técnica y al cronograma de obra y entrega del proyecto. Si la unidad aún no ha sido entregada, la instalación se realizará en el proceso de entrega de la unidad. f) Si por razones técnicas, constructivas o de diseño no fuera viable la instalación, el Organizador podrá sustituir el incentivo por un bien o mejora de valor comercial equivalente. g) El incentivo no es canjeable por dinero, ni aplicable como descuento sobre el precio de la unidad, ni transferible. h) En caso de terminación anticipada de la Campaña, solo generan incentivo las Reservas en Firme consolidadas a la fecha efectiva de terminación.
10. Entrega de los premios
10.1. Cada premio canjeado se entrega presencialmente en la sala de ventas de KHAYA Ruta Uno, previa coordinación, dentro de los [30] días hábiles siguientes a la confirmación del canje o, tratándose del Corte Final, a la asignación practicada en él.
10.2. Para retirar un premio, el Participante debe presentar su documento de identidad vigente y firmar el acta de entrega correspondiente. La firma del acta constituye finiquito respecto de los premios comprendidos en esa entrega.
10.3. Cuando la Unidad Habitacional tenga varios titulares, la entrega se realiza a la persona designada por escrito por los cotitulares. La entrega a esa persona libera plenamente al Organizador frente a los demás cotitulares.
10.4. Si el Participante no retira un premio dentro de los [15] días naturales siguientes a la comunicación de disponibilidad, y tras al menos dos (2) intentos documentados de contacto por parte del Organizador, se entenderá que renuncia a él, sin derecho a reclamo, indemnización, sustitución ni reintegro de los Referidos Calificados consumidos por el canje.
10.5. El Organizador puede condicionar la entrega a la verificación previa de que el Participante mantiene su condición de elegibilidad (cláusula 4.1) al momento de la entrega.
10.6. Los premios podrán ser retirados por un tercero únicamente mediante autorización escrita del Participante, con copia de ambos documentos de identidad.
11. Impuestos y cargas fiscales
11.1. Cualquier obligación tributaria que se derive para el Participante por la recepción de premios o incentivos en especie será de su exclusiva responsabilidad.
11.2. El Organizador realizará las retenciones, declaraciones e informes que la legislación tributaria costarricense le imponga, y podrá solicitar al Participante los datos necesarios para cumplirlos. La negativa a suministrarlos podrá impedir la entrega del premio.
11.3. Los premios no constituyen salario, comisión, honorario ni contraprestación por servicios, y no generan relación laboral, de agencia, corretaje, representación ni sociedad de ningún tipo entre el Participante y el Organizador.
12. Conductas prohibidas y causales de descalificación
12.1. El Organizador podrá descalificar a un Participante, anular referidos acumulados y/o negar la entrega de premios, mediante comunicación motivada, cuando se verifique cualquiera de las siguientes conductas:
a) Suministro de datos falsos, inexactos, incompletos, inventados o pertenecientes a personas que no otorgaron su consentimiento. b) Registro de referidos sin interés real de compra, con el único propósito de acumular niveles. c) Registro masivo, automatizado o mediante listas, bases de datos compradas, directorios o cualquier fuente no consentida. d) Auto-referido, o registro de personas cuya compra beneficiaría directa o indirectamente al Participante conforme a la cláusula 4.5.b). e) Fraccionamiento artificial de un mismo núcleo de compra en varios registros. f) Envío de comunicaciones no solicitadas (spam), llamadas o mensajes masivos a terceros invocando la marca KHAYA. g) Simulación de acuerdos con corredores o terceros para trasladar leads externos como referidos personales. h) Cualquier conducta fraudulenta, engañosa, de mala fe o que vulnere estos Términos y Condiciones.
12.2. La descalificación no genera derecho a indemnización, compensación ni reembolso alguno.
12.3. Sin perjuicio de lo anterior, el Organizador se reserva el ejercicio de las acciones civiles y penales que correspondan, así como el derecho de repetición por los premios entregados con base en información fraudulenta.
13. Uso de la marca y comunicaciones
13.1. La participación en la Campaña no otorga al Participante licencia, autorización ni derecho alguno sobre las marcas, logotipos, nombres comerciales, fotografías, renders, planos, material audiovisual o cualquier otro activo de propiedad intelectual de KHAYA o del Organizador.
13.2. Queda expresamente prohibido al Participante:
a) Presentarse como asesor, agente, representante, vocero o empleado de KHAYA. b) Ofrecer, cotizar, negociar precios, plazos, condiciones de financiamiento o descuentos en nombre de KHAYA, o hacer promesas sobre disponibilidad, plusvalía, rendimientos o fechas de entrega. c) Pautar publicidad digital pagada, comprar palabras clave, o crear sitios web, dominios, perfiles, cuentas o grupos que utilicen la marca KHAYA o induzcan a confusión sobre su titularidad. d) Publicar precios, planos, listas de disponibilidad o documentos internos del proyecto.
13.3. El Participante es el único responsable frente a terceros por las manifestaciones que realice fuera del contenido oficial de la Campaña, y mantendrá indemne al Organizador por cualquier reclamo derivado de ellas.
13.4. Toda información oficial sobre precios, disponibilidad y condiciones debe ser suministrada exclusivamente por el equipo comercial autorizado del Organizador.
14. Protección de datos personales
14.1. El tratamiento de los datos personales recolectados en el marco de la Campaña se realiza conforme a la Ley N.º 8968, Ley de Protección de la Persona frente al tratamiento de sus datos personales, su Reglamento y demás normativa aplicable.
14.2. Responsable de la base de datos: [razón social completa del Organizador], con domicilio en Escazú, San Rafael, Plaza Roble, Edificio Balcones, tercer piso. Correo de contacto para gestiones de datos: jjsh@khayalatam.com
14.3. Finalidad: administrar la Campaña, verificar la calificación de referidos, gestionar los cortes, la asignación, el canje y la entrega de premios, y contactar a los Referidos con fines comerciales relacionados con el proyecto KHAYA Ruta Uno.
14.4. Declaración del Participante. Al registrar a un referido, el Participante declara bajo su responsabilidad que:
a) Obtuvo previamente el consentimiento expreso e informado de esa persona para compartir sus datos con el Organizador y para que sea contactada. b) Los datos suministrados son verdaderos y le fueron facilitados directamente por el titular. c) Mantendrá indemne al Organizador frente a cualquier reclamo, denuncia o sanción derivada de la falsedad de esta declaración o de la falta de consentimiento del titular.
14.5. Confirmación por el titular. El Organizador confirmará el consentimiento directamente con el Referido en el primer contacto. Si el Referido no lo otorga, sus datos serán eliminados de la Campaña y no acumulará para la escala de premios.
14.6. Derechos del titular. Toda persona registrada podrá solicitar en cualquier momento el acceso, rectificación, actualización o eliminación de sus datos, así como revocar su consentimiento, escribiendo a jjsh@khayalatam.com o al WhatsApp 4001 4615. La revocatoria posterior afecta la validez de un Referido Calificado ya contabilizado.
14.7. Los datos no serán vendidos ni cedidos a terceros ajenos a la operación del proyecto y de la Campaña, salvo a los encargados de tratamiento estrictamente necesarios (CRM, plataformas de correo y mensajería), quienes están sujetos a obligaciones de confidencialidad.
14.8. Los datos se conservarán por el plazo necesario para cumplir las finalidades descritas y las obligaciones legales aplicables.
15. Uso de imagen y testimonios
15.1. La entrega de premios podrá ser documentada fotográficamente por el Organizador con fines de registro interno.
15.2. La publicación de imágenes, nombres o testimonios del Participante en canales de comunicación de KHAYA requiere su autorización previa, expresa, escrita y voluntaria, mediante el formulario de cesión de derechos de imagen correspondiente.
15.3. Otorgar dicha autorización no es requisito para participar en la Campaña ni para recibir premios, y su negativa no acarrea consecuencia alguna.
16. Naturaleza de la Campaña
16.1. No es rifa, sorteo ni juego de azar. La obtención de premios depende exclusivamente del cumplimiento de requisitos objetivos y verificables por parte del Participante y sus referidos. No interviene el azar en ninguna etapa.
16.2. No constituye oferta vinculante de venta. La Campaña no implica reserva, opción de compra ni compromiso de disponibilidad de unidades. Los precios, plantas, orientaciones, condiciones de financiamiento y disponibilidad están sujetos a cambio sin previo aviso y se rigen por los documentos contractuales de cada operación.
16.3. No garantiza aprobación crediticia. La aprobación de financiamiento del Referido depende exclusivamente de la entidad financiera correspondiente. El Organizador no garantiza aprobaciones, montos, tasas ni plazos.
16.4. No genera relación de intermediación. La participación no convierte al Participante en corredor, agente, promotor ni intermediario inmobiliario, ni le otorga derecho a comisión, participación en la venta ni retribución económica de ninguna naturaleza.
16.5. No genera derecho adquirido. La participación en la Campaña, la acumulación de referidos, el saldo acumulado y cualquier reporte de corte comunicado por el Organizador no constituyen derecho adquirido, expectativa legítima ni compromiso de entrega. El derecho sobre un premio se consolida únicamente con el canje confirmado conforme a la cláusula 8.7 o con la asignación practicada en el Corte Final.
17. Limitación de responsabilidad
17.1. El Organizador no será responsable por fallas técnicas, interrupciones, errores de transmisión, pérdida de datos, caídas de la landing page, del CRM o de los canales de mensajería, ni por registros, comunicaciones de corte o respuestas de canje que no lleguen a sus sistemas por causas ajenas a su control.
17.2. El Organizador no responde por el uso, instalación, funcionamiento, garantía o idoneidad de los premios entregados, conforme a la cláusula 8.9.f).
17.3. El Organizador no responde por decisiones, expectativas, acuerdos privados o compromisos económicos que el Participante asuma con sus referidos, ni por las consecuencias de su decisión de acumular en lugar de canjear.
17.4. En ningún caso la responsabilidad del Organizador frente al Participante excederá el valor comercial del premio efectivamente controvertido.
18. Modificación, suspensión o terminación anticipada de la Campaña
18.1. Derecho de terminación. El Organizador se reserva expresamente el derecho de modificar, ampliar, reducir, suspender temporalmente o dar por terminada la Campaña, de forma total o parcial, en cualquier momento y de manera anticipada, sin necesidad de expresión de causa, sin preaviso mínimo y sin que ello genere derecho a indemnización, compensación, reembolso ni reclamo de ninguna naturaleza a favor de los Participantes o de los Referidos.
18.2. Causales enunciativas. Este derecho podrá ejercerse, entre otras razones y de forma no taxativa, por: agotamiento de existencias de premios; razones operativas, logísticas, presupuestarias o comerciales; cambios en la disponibilidad de inventario del proyecto; modificaciones normativas; fuerza mayor o caso fortuito; o por decisión discrecional del Organizador.
18.3. Comunicación. Toda modificación, suspensión o terminación será comunicada mediante la publicación de la versión actualizada de estos Términos y Condiciones, o del aviso correspondiente, en la landing page oficial de la Campaña, con indicación de la fecha de vigencia o de la fecha efectiva de terminación. La publicación en dicha landing page se tendrá por comunicación válida y suficiente a todos los Participantes.
18.4. Efecto sobre la acumulación. A partir de la fecha efectiva de terminación no se admitirán nuevos registros ni se contabilizarán Visitas Calificadas. El Organizador practicará el Corte Final conforme a la cláusula 8.8 y entregará los premios resultantes en los términos de la cláusula 10.
18.5. Ausencia de derechos por niveles no cubiertos. La terminación anticipada no generará derecho alguno respecto de niveles no cubiertos a la fecha del Corte Final, ni por saldos remanentes, decisiones de acumular adoptadas en cortes anteriores, expectativas de acumulación, referidos en trámite, visitas agendadas y no realizadas, gestiones efectuadas o gastos incurridos por el Participante.
19. Registros oficiales, consultas y reclamos
19.1. El Registro Oficial del Organizador es la única fuente válida y definitiva para determinar la existencia, fecha, calificación y atribución de referidos, el Saldo Acumulado, el Saldo Disponible, los canjes efectuados y los premios asignados.
19.2. Cualquier consulta o reclamo debe presentarse por escrito al correo jjsh@khayalatam.com o al WhatsApp 4001 4615, dentro de los [10] días hábiles siguientes al hecho que lo motiva, aportando la información que lo respalde.
19.3. El Organizador resolverá los reclamos dentro de los [20] días hábiles siguientes a su recepción. Transcurrido el plazo del punto 19.2 sin reclamo, se tendrá por aceptada la información del Registro Oficial, incluidos los saldos y canjes comunicados en cada corte.
19.4. Lo dispuesto en esta cláusula no limita los derechos que asisten al consumidor conforme a la Ley N.º 7472, Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor.
20. Aceptación
20.1. La participación en la Campaña —mediante el registro de un referido por cualquier Canal Oficial— implica la aceptación plena, expresa y sin reservas de estos Términos y Condiciones, incluyendo de forma destacada la mecánica de asignación descendente y la no acumulación entre tramos (cláusula 8), la prohibición de premios repetidos (cláusula 8.5), el régimen de cortes mensuales y la elección entre canjear o acumular con sus riesgos (cláusula 8.7), la asignación por Unidad Habitacional (cláusula 4.2) y el derecho de terminación anticipada del Organizador (cláusula 18).
20.2. El Participante declara haberlos leído, comprendido y aceptado antes de registrar a cualquier persona.
20.3. Estos Términos y Condiciones estarán permanentemente disponibles para consulta en la landing page oficial de la Campaña durante toda su vigencia y por [12] meses posteriores.
21. Legislación aplicable y jurisdicción
21.1. Estos Términos y Condiciones se rigen por la legislación de la República de Costa Rica.
21.2. Para la resolución de cualquier controversia, las partes se someten a los tribunales competentes de [Heredia / San José], sin perjuicio de las vías administrativas de tutela del consumidor.
21.3. Si alguna cláusula fuera declarada nula o inaplicable, las restantes conservarán plena vigencia.
22. Contacto
Sala de ventas KHAYA Ruta Uno — Barreal de Heredia, contiguo a SAVIA, frente a Zona Franca Metropolitana. WhatsApp: 4001 4615 — https://wa.me/50640014615 Correo: jjsh@khayalatam.com Horario de atención: lunes a domingo, de 9:00 a 18:00.
Preguntas frecuentes
¿Qué es un referido calificado?
Es una persona con interés real en comprar vivienda, que autorizó ser contactada, que cumple el perfil de la campaña y que visitó la sala de ventas. Solo los referidos calificados suman en la escala de premios.
¿Por qué mi referido tiene que visitar la sala de ventas?
Porque la visita es lo que confirma un interés genuino. Es el momento en que conoce el proyecto, el apartamento modelo y las condiciones reales, y es también el registro que nos permite acreditar tu referido de forma transparente.
¿Cuándo me avisan qué premio llevo?
Una vez al mes hacemos un corte. Te escribimos por WhatsApp o correo con tu saldo de referidos calificados, el premio al que ese saldo te da derecho y la consulta de si querés canjearlo o acumular.
¿Qué significa canjear y qué significa acumular?
Canjear es llevarte el premio ahora: se descuentan de tu saldo los referidos que ese premio consume. Acumular es dejarlo pasar y conservar tu saldo completo para aspirar a un premio de nivel más alto en un corte siguiente. Tenés 5 días hábiles para responder; si no respondés, se entiende que acumulás y no perdés nada de saldo.
¿Me conviene acumular?
Depende de vos, y la decisión corre por tu cuenta. Acumular no reserva el premio ni las existencias a tu nombre, y si al cierre no llegás al nivel superior, recibís lo que alcance tu saldo en ese momento. Si canjeás, el premio es tuyo, pero esos referidos ya no vuelven a contar.
Si llego a 10 referidos, ¿me llevo los cinco premios?
No. Los niveles no se suman entre sí: con 10 referidos calificados te corresponde el electrodoméstico de cocina, y no además la tabla, la cubertería, la vajilla y las ollas.
Entonces, ¿cómo hago para llevarme más de un premio?
Cada nivel consume los referidos que exige, y lo que sobra se aplica a los niveles que todavía no obtuviste. Con 12 referidos calificados te corresponden el electrodoméstico (que consume 10) y la tabla de quesos (que consume los 2 restantes). Con 20, el electrodoméstico, las ollas y la tabla.
¿Y si quedo en 7 referidos?
Te corresponde la vajilla, que consume 6. El referido que sobra sigue en tu saldo y suma para los cortes siguientes; si al cierre no alcanza para ningún nivel pendiente, se pierde.
¿Puedo ganar dos veces el mismo premio?
No. Ningún premio se entrega dos veces al mismo apartamento, sin importar cuántos referidos acumulés.
¿Cuál es el máximo que puedo llegar a recibir?
Los cinco premios, lo que requiere 30 referidos calificados (10 + 8 + 6 + 4 + 2). Al completarlos, la participación de ese apartamento en la escala termina. Las mamparas son un beneficio aparte y no entran en esa cuenta.
El apartamento está a nombre de dos personas. ¿Nos dan dos premios?
No. Los premios se asignan por apartamento, no por persona. Todos los referidos registrados por cualquiera de los titulares se suman en una sola cuenta, la decisión de canjear o acumular se toma una sola vez por apartamento y los premios se entregan a quien ustedes designen por escrito.
¿Cuándo recibo un premio que canjeé?
Coordinamos la entrega dentro de los 30 días hábiles siguientes al canje y lo retirás en la sala de ventas.
¿Hasta cuándo puedo participar?
Del 5 de agosto al 29 de octubre de 2026, o hasta agotar existencias, lo que ocurra primero. Además, KHAYA puede dar por terminada la campaña en cualquier momento; si eso pasa, se hace un corte final con el saldo que tengás a esa fecha.
¿La mampara también entra en la escala?
No. La mampara es un incentivo aparte, que no consume referidos de la escala. Se otorga cuando un referido tuyo concreta una reserva en firme, con un máximo de dos mamparas por apartamento.
